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Cuba, nueva legislación sobre recursos naturales y el medio ambiente

La nueva ley incluye elementos novedosos para la legislación ambiental cubana.

Proveer elementos sustantivos para la protección y el uso sostenible de los recursos naturales y el medio ambiente, el Patrimonio Natural, e incorporar la dimensión ambiental en los planes de desarrollo económico y social en los plazos establecidos, es la esencia de la nueva Ley del Sistema de los Recursos Naturales y el Medio Ambiente.

Recientemente publicada en la Gaceta Oficial Ordinario no.87 de 2023, se propone también propiciar una mayor participación multidisciplinaria, intersectorial y ciudadana en la implementación de otras políticas vinculadas a los recursos naturales o que se relacionan con la gestión y la calidad ambiental.

La nueva norma establece los principios y las normas básicas que regulan las acciones del Estado, de los ciudadanos y de la sociedad en general para asegurar la implementación y el funcionamiento del Sistema de los recursos naturales y el medioambiente, que incluye las interacciones sociales que fortalezcan la protección y uso sostenible de los recursos naturales y del medio ambiente, condición para alcanzar el desarrollo próspero de la economía y la sociedad, en correspondencia con el modelo de desarrollo socialista, al reflejar legalmente diversos elementos dela dimensión ambiental del desarrollo.

Entre los principios que la inspiran se encuentran el derecho a un medio ambiente sano y equilibrado: el derecho de toda persona a disfrutar de un medio ambiente sano y equilibrado, para el cual se asegura que no se comprometa la sostenibilidad ambiental, garantizando la calidad de vida, el bienestar y la salud de la población, el proceso de satisfacción de las necesidades de las generaciones presentes y futuras, y la construcción del modelo de desarrollo socialista cubano; y se disponen los medios y garantías necesarios para su materialización.

A su vez, el Estado tiene el deber de proteger el medio ambiente: cumplimiento por las personas naturales y jurídicas de las normas y las regulaciones establecidas para la protección del medio ambiente, en especial de las relativas a la salud y la higiene ambiental, los recursos naturales y el Patrimonio Natural del país.

Para su instrumentación, la Ley no. 150 se acompaña de un importante cuerpo legal que incluye tres decretos y un acuerdo del Consejo de Ministros (reglamentos de salvaguardias nucleares, los requisitos de seguridad en instalaciones nucleares y enfrentamiento al cambio climático), y siete resoluciones del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente (Citma).

Antecedentes

Como antecedentes de la conveniencia de actualizar la legislación ambiental, Elba Rosa Pérez Montoya, ministra del Citma, enumeró los análisis de los temas ambientales tratados en los congresos VI y VII del Partido, las bases para el Plan de Desarrollo Económico y Social (PNES) al 2030. Al respecto, Pérez Montoya señaló que el Ministerio trabajó en lo relacionado con los recursos naturales y el medio ambiente y el papel de la ciencia, la tecnología y la innovación, que, facilitando elementos e instrumentos, aconsejaban seguir trabajando en la Estrategia Ambiental Nacional actualizada.

De igual forma continuar con los macroprogramas, algunos específicos para el tema de los recursos naturales y el Plan Gubernamental para enfrentar los delitos contra los recursos naturales y, en sentido general, la política para el perfeccionamiento de la labor ambiental.

“Fue un proceso gradual, fue un proceso progresivo, paulatino hasta llegar a ella y, por supuesto, con todos estos elementos la dirección del gobierno enseguida orientó trabajar y presentar la propuesta de norma”, destacó y recordó el Artículo 75 de la Constitución de la República que estableció el derecho de las personas a disfrutar de un medio ambiente sano y equilibrado.

Novedades

A juicio de la Ministra de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, entre las novedades de este nuevo cuerpo jurídico se encuentra, en primer lugar, que fortalece el papel del Citma como organismo rector y responsable del sistema para la protección y el uso sostenible de los recursos naturales y el medio ambiente.

En segundo lugar, perfecciona los instrumentos de la política y de la gestión ambiental. A respecto, puntualizó, se trata “de una ley que incluye los aspectos relacionados con la auditoría ambiental, la evaluación ambiental estratégica, la responsabilidad civil, pero ahora también penal de los temas ambientales”. A diferencia de otras normas anteriores, actualmente una violación de la legislación sobre este tema puede considerarse hasta una responsabilidad penal.

Por otra parte, la ley conceptualiza el sistema de los recursos naturales y el medio ambiente e introduce los temas del cambio climático, “un tema de tanta actualidad, un tema global, un tema en el que Cuba da pasos específicos muy concretos, como la adaptación y mitigación que no lo tenía la ley anterior.

“La ley no solamente creció en su volumen, sino en la responsabilidad del ministerio,  las personas jurídicas y las naturales y por lo tanto hay que explicar una y otra vez, capacitar y analizar”, destacó. Otra de las novedades, es el análisis de la definición del daño ambiental, que se entiende, cuáles son sus causas, qué significado tiene, que cobra mucha actualidad en el mundo y se consideró pertinente incluir.

Según destacó Pérez Montoya, en la ley se incluyó de forma explícita la responsabilidad de los Organismos de la Administración Central del Estado con todos los temas relacionados con la calidad ambiental, pues en no pocas ocasiones se tiende a responsabilizar al Ministerio Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente con irregularidades en temas de calidad ambiental, por ejemplo, el ruido y la contaminación hídrica y el Citma, como organismo regulador y controlador, será muy exigente con el cumplimiento de la norma.

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